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Política y religión

Política

Sin fecha. Memorial del Licenciado Martín de la Villa acusando criminalmente a D. Pedro Maldonado Pimentel y a otros vecinos de Salamanca



     Cámara de Castilla. En Archivo General de Simancas. Leg. 143, doc. 207.

     [DANVILA, M. (ed.). Historia crítica y documentada de las Comunidades de Castilla. Memorial Histórico Español. Madrid : 1897, v. XXXVII, pp. 100-101].



     «El licenciado Martin de la Villa vecino de la Ciudad de Salamanca parece ante Vuestras Majestades e en aquella vía e forma que mejor e mas cumplidamente ha lugar de derecho acusa criminalmente a don Pedro Maldonado Pimental corregidor e justicia mayor que se decía ser de la dicha Ciudad de Salamanca e Alvar Gomez de Jaen prior e canónigo de la dicha iglesia e Antonio Fernandez Regidor e a Francisco Miraya de Enzinatola e a Pero Bonal e al bachiller Andres de Toro escribano del maestrescuela e a Gutierre Quixada escribano del Cabildo e a Francisco de Çorita Xastre e mercader sexmero e a Juan de Valloria pellijero e a Castroverde mesonero e a Cristoval de Salamanca hodrero e a Fernandez Cuernos de Plata tendero e a Pedro de Morales pescador e a Francisco de San Miguel alguacil e... Azeno alguacil e... Fantasia Xastre e Francisco de Salamanca machacón e Antonio de Linares escribano del numero e de Concejo e Niculas Perez e... Çaragoça Xastre e Martin de Cantalapiedra zapatero e P. Gonzales joyero e... Montero e Francisco de Miranda cerero e Blas de Vergara agujetero e Anton de Toledo mantero e Blas de Peñaranda pellitero e Fernan Correa escribano del numero e Alonso Sanches venero e Diego Garcia pañero e Triviño Juan de Çamora carnicero Francisco de Olmedo Xastre Juan Çapatero Madrigal pastelero Juan de la Ribera mesonero Juan de Hevan Francisco Bellos cerero Francisco de Morales procurador Francisco de Reynoso procurador e otros que parecieren culpados por la pesquisa que protesto acusar todos los vecinos de la dicha ciudad de Salamanca e contando el caso de esta mi querella e acusación digo que en un día del mes de marzo próximo pasado deste presente año en que estamos Reinando en Castilla Vuestra Sacra Majestad siendo papa en la iglesia de dios el nuestro muy santo padre León décimo moderno e siendo obispo de Salamanca el muy Reverendo don Francisco de Bobadilla e estando yo salvo e seguro en unas casas mías que son a la cal de Caldereros que han por linderos de la una parte casas del ben. de Santiueste e casas de Juan Gómez de Sotomayor, e por delante de la calle publica no haciendo ni diciendo por que mal ni daño ni injuria hubiese de Recibir mi persona e bienes salvo por solamente por que el dicho don Pedro e los susodichos por odio e malquerencia que tenían a Vuestra Sacra Majestad e a sus criados e servidores de Vuestra Sacra Majestad porque he servido a los Reyes Católicos de muy gloriosa memoria e a Vuestra Sacra Majestad de veinte años a esta parte teniendo cargo de justicia en muchas ciudades de estos sus Reinos el dicho don Pedro haciéndose corregidor e Capitán e todos los otros haciéndose gobernadores de la dicha ciudad formando guerra e batallas contra los gobernadores de Vuestra Sacra Majestad poniendo sisas sobre sus vasallos e haciéndoles otras extorsiones e fuerzas e violencias e usando de la suprema potestad concedida a Vuestra Sacra Majestad me mandaron prender e prendieron por ser su servidor e no porque hubiese otra causa ni razón alguna e me mandaron matar e ahorcar e me tiraron muchas cuchilladas por su mandado llevándome preso e milagrosamente Dios me quiso escapar, el dicho don Pedro e los susodichos todos juntos estando en su ayuntamiento en las casas del Regimiento me mandaron traer a la vergüenza con una talla caballero en un asno e con pregón público por las plazas e calles de la dicha ciudad publicándome por traidor sin me querer oír ni dar Razón de cosa alguna sino por me Robar como me Robaron e por ello me pedía el dicho prior Alvar Gomez dos mil ducados e que no me ahorcarían e les fue prometido por mí e de mi parte mil ducados de oro e no contentos me condenaron a perdimiento de todos mis bienes e me saquearon mi casa en que me tomaron novecientos e setenta e dos ducados de oro e diez reales en una taza de plata e muchas ropas de seda e de paño de vestir e de cama e muchas joyas de casas e armas e tapices e otras cosas ricas e mulas e azemilas e cosas de maderas e arcas e mucho número de libros de molde e mano e de papel e pergamino e vino e cubas e pan trigo e cebada que valdría todo hasta cinco mil ducados de oro e siendo yo inocente e sin culpa e por cometer e perpetrar los dichos delitos e Robos e hacerme la dicha injuria cayeron e incurrieron en grandes e graves penas criminales que en sus personas deben ser ejecutadas así contra el dicho don Pedro por hacerse corregidor e justicia mayor e usar de la preeminencia de Vuestra Majestad alborotando el Reino especialmente el dicho Alvar Gomez andando de Ciudad en Ciudad alborotando los Reinos ayudándose los unos a los otros e los otros a los otros disipando el patrimonio real de su Sacra Majestad imponiendo sisas e otros tributos e por lo así hacer cayeron en grandes penas estatuidas por leyes de estos Reinos porque pido e suplico a Vuestra Sacra Majestad que pronunciando la relación por mi dicha y hecha ser verdadera e tanta parte de ella que baste paral fundamento de mi intención por su real sentencia definitiva juzgando pronuncie todo lo susodicho e de ello no contentos haberme como me tuvieron preso tres meses e haber hecho e cometido los dichos delitos e fuerzas e robos e así pronunciado e declarado como a tales condene e compela a todos los susodichos e a cada uno de ellos en las más graves penas criminales que de derecho hubieren lugar e que la pena de los unos no libre a los otros porque a ellos sea castigo e a otros ejemplo e incidentes de su muy real oficio el cual para ello imploro a Vuestra Sacra Majestad los condene a los susodichos e a cada uno de ellos por los dichos Robos e daños que así me hicieron en mis bienes e haciendas e casas que me derribaron e dineros que me tomaron en seis mil ducados de oro salva su real tasación e moderación e así condenados los compela e condene a cada uno de ellos en la dicha suma con protestación que hago que si en uno se cobrare la dicha suma que los otros sean libres en cualquier manera de manera que yo sea satisfecho e los dichos daños e Robos e que por este pedimiento no sea visto apartarme ni dividir la dicha acción sino que sea e la pido contra cada uno de ellos un solidum e los compela e apremie a todo ello e que me los den e paguen por todo rigor de derecho y ejecutando las dichas penas criminales en sus personas e bienes e me inscribo e suscribo a la dicha acusación e juro a Dios e a esta Cruz que toco corporalmente con mi mano derecha que esta querella e acusación no la doy maliciosamente salvo porque de hecho lo susodicho pasó así e por alcanzar cumplimiento de justicia de los susodichos e de cada uno de ellos e si más pedimiento es necesario tal lo hago protestando de lo hacer cada vez que más venga a mi noticias sobre que pido de todos los susodichos e de cada uno de ellos serme hecho entero cumplimiento de justicia e en lo necesario el real oficio de Vuestra Majestad imploro e las costas pido e protesto.





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