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Notas150. La fecha del concilio Cesaraugustano es en las colecciones de Loaysa y de Labbe la de 380 (era 418), aunque ni el códice Emilianense ni el Vigilano tienen ninguna. Binio y Girves la ponen en 381; Mansi, en 379. Pagi, Tillemont (España Sagrada t. 30; siguen la común opinión, que parece verosímil, puesto que Prisciliano había comenzado a esparcir su herejía en 379, siendo cónsules Ausonio y Olybrio (S. Prosperi Aquitani Chronicon). Vanamente dudó Ambrosio de Morales (que también sabían pecar de exceso de duda nuestros historiadores del
gran siglo) que el concilio cuyas actas tenemos fuese el mismo que se celebró contra los priscilianistas. Cierto que
en los cánones conservados (que de seguro no son todos, porque es imposible que los Padres cesaraugustanos
dejasen de condenar la parte dogmática de la herejía) no se nombra a Prisciliano; pero se alude evidentísimamente
a sus errores, según todo lo que de ellos sabemos (cf. MORALES, l. 10 c. 44). Los obispos de que hace memoria
Sulpicio como perseguidores de Prisciliano, suscriben las actas de Zaragoza, juntamente con algunos de Aquitania;
circunstancia conforme también con la narración del historiador eclesiástico (cf. RISCO, t. 30 p. 234).
151. Abulensi, no Labinensi, ha de leerse en el texto de Sulpicio Severo, que está lleno de errores en los nombres
españoles (Sossubensi por Ossonobensi, etc.).
152. Cuncta venalia erant, dice Sulpicio.
153. El obispo San Delfino se negó a admitirlos, y entonces se dirigieron a las heredades de Prócula.
154. Dicen (y Sulpicio lo apunta) que Prócula acudió al aborto por medio de hierbas para ocultar su deshonra. Fuit
in sermone hominum... partum sibi graminibus abegisse.
155. Reproduzco, en el apéndice de documentos relativos al priscilianismo, los textos de Sulpicio, San Jerónimo,
San Próspero, etc., evitando así notas y referencias que distraigan la atención al pie de cada página.
156. Decimi Magni Ausonii Burdigalesis Opera, Iacobus Tollius recensuit... (Parisiis 1693).
157. Panegyrici Veteres... (Parisiis 1767, ed. DE LA BAÙNE) p. 334 n. 29 del Panegírico de LATINO PACATO.
Léase todo.
158. No se puede adivinar cuál fue, quizá por lo corrompido de los nombres en el texto de Sulpicio. Dice que estaba
ultra Britanniam.
159. S. Prosperi Chronicon.
160. «Dolore percitus quod Hyginum Episcopum senem in exilium duci comperi, cui nihil iam nisi extremus
superesset spiritus. Cum de eo convenirem comites eius, ne sine veste, sine plumatis paterentur extradi, extrusus
ipse sum» (S. Ambrosii Opera ep. 36).
161. Circunstancias que constan, lo mismo que las siguientes, en la sentencia definitiva del primer concilio
Toledano (cf. apéndice de este capítulo). En ellas se habla vagamente de un concilio de Zaragoza, al cual asistió sólo
un día Sinfosio, siendo excomulgado él y sus compañeros por el sínodo. Ferreiro le supone celebrado en 396.
162. «Quoniam singuli coepimus in Ecclesiis nostris facere diversa, et inde tanta scandala sunt quae usque ad
schisma perveniunt, si placet, communi consilio decernamus quid ab omnibus Episcopis in ordinandis clericis sit
sequendum. Mihi autem placet constituta primitus Nicaeni Concilii perpetuo esse servanda, nec ab bis esse
recedendum. Universi Episcopi dixerunt: Hoc nobis placet, ita ut si quis, cognitis gestis Nicaeni Concilii, aliud
quam statutum est, facere praesumpserit... hic excommunicatus habeatur...» (Collectio canonum Ecclesiae...
Hispanae, ed. de la Biblioteca Real, 1808, p. 321).
163. Pongo su texto latino en el apéndice.
164. Los eones gnósticos.
165. Condenación del doketismo.
166. Condenación del panteísmo y del sistema de la emanación.
167. Las antítesis, de MARCIÓN.
168. Véanse las atinadas observaciones de FLÓREZ, España Sagrada t. 6.
169. A Isonio, cuando aún era catecúmeno, le había hecho obispo Sinfosio.
170. Las firmas de este concilio aparecen por el orden siguiente: Patruinio, Marcelo, Afrodisio, Liciniano, Iucundo,
Severo, Leonas, Hilario, Olympio, Orticio, Asturio, Lampio, Sereno, Floro, Leporio, Eustoquio, Aureliano,
Lampadio, Exuperancio.
171. Jacobo Sirmond la publicó íntegra por primera vez. Puede leerse en el apéndice 3 t. 6 de la España Sagrada
pp. 325-30.
172. Et in ipso sinu Fidei violatam intra provinciam pacem, disciplinae rationem esse confusam, et multa contra
Canones Patrum, contempto ordine, regalisque neglectis, in usurpatione Ecclesiarum fuisse commisa.
173. «Quaero enim, quare doluerint Symphosium atque Dictinium, aliosque qui detestabilem haeresim
damnaverunt, receptos in fidem Catholicam tunc fuisse? Num quod non aliquid de honoribus amiserint quos
habebant? Quod si quos hoc pungit aut stimulat, legant Petrum Apostolum post lacrymas hoc fuisse quod fuerat,
considerent Thomam post dubitationem illam nihil de prioribus meritis omisisse; denique David Prophetam
egregium post manifestam confessionem suam, prophetiae suae meritis nos fuisse privatum. Quare... in unitate
Catholicae Fidei omnes qui dispersi sunt congregentur, et esse inexpugnabile unum corpus incipiat, quod si
separetur in partes, ad omnes patebit lacerationis iniurias.»
174. Cod. Theod. l. 43.
175. También la inserta traducida al castellano el señor LÓPEZ FERREIRO (Estudios histórico-críticos sobre el
priscilianismo..., Santiago 1878). Obra excelente que ha llegado a mis manos en el momento de revisar este capítulo.
Es más exacta y completa que la de Girvés.
176. El P. Flórez duda de su existencia. El señor Ferreiro, muy inclinado a multiplicar concilios, la admite.
177. Suprimo la acostumbrada fórmula, como los maniqueos y Prisciliano dijeron, porque de aquí adelante no varía.
178. Por ejemplo, el concilio IV de Toledo condena a los lectores que en Galicia no se tonsuraban y llevaban el
pelo largo, con una coronilla en medio de la cabeza, según costumbre de los herejes. El concilio Bracarense III (era 713) habla de los que consagraban con leche o uvas, y no con vino, y de los que llevaban la profanación hasta servirse la comida en vasos sagrados, todo lo cual se califica expresamente de resabio de priscilianismo. El Toledano IV habla de la costumbre que en algunas iglesias de Galicia se observaba de cerrar las puertas de
las basílicas el Viernes Santo y no celebrar los oficios ni guardar el ayuno, antes comer opíparamente a la hora de
nona. En otras iglesias no se bendecían los cirios ni las lámparas el día de Pascua (cán.7, 8 y 9). San Braulio escribía
a San Fructuoso, que estaba en Galicia: Cavete autem illius patriae venenatum Priscilliani dogma (España Sagrada
t. 30 ap. 3 ep. 44).
179. Fuentes que he consultado para la historia del priscilianismo: Sulpicii Severi Historia Sacra. -Dialogi (en el
t. 6 de la Collectio maxima Veterum Patrum. Lugduni 1677); S. Prosperi Aquitani Chronicon, en el t. 8 de las obras
de SAN JERÓNIMO, ed. de VALLART (Verona 1738); S. Hieronymi Opera, ed. citada, t. 1, Epistolar. clas. 3.ª
carta 75; De viris illustribus c. 12l, 122 y 123 (t. 2) y en el t. 2, Dialogus adversus Pelagianos, etc.; Idatii Chronicon,
en el t. 4 de la España Sagrada; Concilios de Zaragoza, Toledo y Braga, en el t. 2 de la Collectio maxima de
AGUIRRE o en el 3 de la de CATALANI (Roma 1753); S. Isidori, De viris illustribus c. 15 (Itacio), en la ed. de
ARÉVALO; la decretal Añádase la reciente obra del Sr. D. ANTONIO LÓPEZ FERREIRO, intitulada Estudios histórico-críticos sobre
el Priscilianismo, por D. ..., canónigo de la S. I. C. de Santiago (Santiago 1878) 4.º, 254 págs. Esta preciosa
monografía se publicó primero como folletín en El Porvenir, diario católico de aquella ciudad.
180. Algunos leen divinarum virtutum intelligere naturas, lo cual altera en buena parte el sentido.
181. Este final es oscuro y la lección varía en las diversas ediciones. Paréceme la más acertada la que va en el texto.
182. Occultandae religionis causa esse mentiendum.
183. T. 6 de la ed. maurina.
184. Cartas 205 y 210 de San Agustín.
185. Acta Apostolorum Apocrypha ex triginta antiquis codicibuss graecis (Leipzig 1851). Sigo constantemente esta edición, que parece la más completa en lo relativo a apócrifos griegos. Pueden verse
además: J ALBERTI FABRICII, Codex Pseudepigraphus Novi Testamenti (Hamburgo 1703), y la Nova Collectio,
de THILO (Leipzig 1832).
186. Apocryphal Acts of the Apostles, edited from Syriac manuscripts in the British Museum and other libraries
by W. Wright (London 1871). T. 1: textos siríacos. T. 2, traduc. inglesa, pp. 146-298: están las Actas de Judas,
Tomás.
187. También está en la de THILO, y en el Dictionnaire des Apocryphes del abate MIGNE, compilación extensa,
pero incompleta, y que, por desgracia, no incluye los textos originales, sino la traducción francesa.
188. En otra publicación de TISCHENDORF (Apocalyses Apocryphae Mosis, Esdrae, Pauli, Ioannis, etc. [Lipsiae,
Mendelssohn, 1866] pp. 156-161) se insertan fragmentos de otro texto griego de las Actas de Santo Tomás,
conservados en un códice de la Biblioteca de Munich y en otro de la Bodleiana.
189. J. FLAMION, Les Actes Apocryphes de Pierre pp. 230 ss. Importante discusión sobre los libros apócrifos
usados por los priscilianistas.
190. Como testimonio de la antigüedad de los himnos en las comunidades cristianas alegan algunos el texto de
PLINIO EL JOVEN (Ep. l. 10 ep. 97): «Carmenque Christo tamquam Deo dicere secum invicem, seque sacramento
non in scelus aliquod obstringere, sed ne furta, ne latrocinia, ne adulteria committerent, ne fidem fallerent, ne
depositum appellati abnegarent...»
191. SINESIO, himno 1. Traducción del que esto escribe.
192. En una reciente memoria sobre la poesía religiosa, leída en ese Ateneo de Madrid donde tantos buenos
ingenios naufragan y se pierden, he visto que se censura a la Iglesia por haber acabado con los himnos de nuestros
heterodoxos, y especialmente con los de los gnósticos, en sus ramas montanista, maniquea y priscilianista. Con
haberme 193. Ep. 237 de la ed. de SAN MAURO, t. 2.
194. «Hymnus Domini, quem dixit secrete Sanctis Apostolis discipulis suis, quia scriptum est in Evangelio (Mt
26,30): Hymno dicto ascendit in montem, et qui in Canone non positus est propter eos qui secundum se sentiunt et
non secundum spiritum et veritatem Dei; eo quod scriptum est: Sacramentum Regis bonum est abscondere, opera
autem Dei revelare honorificum est.» I. Solvere volo et solvi volo. II. Salvare volo et salvari volo. III. Generari volo. IV. Cantare volo, saltate cuncti. V. Plangere volo, tundite vos omnes. VI. Ornare volo et ornari volo. VII. Lucerna sum tibi, ille qui me vides. VIII. Janua sum tibi, quicumque me pulsas. IX. Qui vides quod ago, tace opera mea. X. Verbo illusi cuncta, et non sum illusus in totum.
195. Ep. 237 de lai ed. maurina, t. 2.
196. Histoire critique du Gnosticisme. Planches, planche 8 fig.8.
197. La llamada Cruz de los Ángeles, de Ovidio, tiene dos de estos amuletos o piedras basilídicas o priscilianistas,
según la opinión más probable (ed. Monumentos arquitectónicos de España).
198. Lucinio Bético, que debe de ser el marido de Teodora, gran perseguidor de priscilianistas, consultó a San
Jerónimo por los años de 396: 1.º, si era obligatorio ayunar todos los días; 2.º, si debía recibirse diariamente la
Eucaristía, como se practicaba en algunas iglesias. El doctor estridonense respondió que se siguiera la tradición de
cada provincia, y que «la Eucaristía debe tomarse siempre que la conciencia no nos remuerda»f. Opina el Sr. Ferreiro
que las preguntas de Lucinio tenían que ver con las cuestiones priscilianistas. En lo que no estoy conforme con el moderno historiador de esta herejía, es en suponer que fuesen españoles Casulano, Januario y Máximo, que dirigieron a San Agustín consultas sobre el ayuno del sábado,a la comunión frecuente, los oficios de Jueves Santo, el día de la celebración de la Pascua, las suertes evangélicas, o adivinación por medio de las páginas del Evangelio, y el dogma de la Encarnación. No hay en las respuestas de San Agustín alusión positiva a España, ni se nombra más que una vez, y de pasada, a los priscilianistas, ni las cuestiones de que se trata eran debatidas únicamente por éstos. Por lo que hace a Casulano, sabemos que su consulta nació de un opúsculo del maniqueo Romano. Maniqueos y priscilianistas profesaban en esto de los ayunos los mismos principios. ____________________________ f Cf. ep. 52 t. 5. a Cf. ep. 36 (t. 2 de la ed. maurina), 54 y 55 (Ab inquisitionis Ianuarii...) Y ep. 264.
199. Orosio confirma el antitrinitarismo de los priscilianistas: «Trinitatem autem solo verbo loquebatur, nam
unionem absque ulla existentia aut proprietate asserens, sublato et Patre et Filio et Spiritu Sancto, hunc esse unum
Christum dicebat» (Commonitorium).
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