Contrato con la empresa de El Observador y El Mundo

Mariano José de Larra


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      de entrada en las Cortes y en la tribuna de los taquígrafos, si puede ser.
8.º En caso de que cualquiera de las partes que contratan quisiera algún día rescindir este empeño, que comenzará a ser válido desde 1.º de Diciembre próximo, deberá avisar a la otra con un mes lo menos de anticipación, sujetándose, de no, a indemnizar los perjuicios que resulten, así como en el caso de faltar cualquiera de ellas a lo estipulado.

 

     Y para resguardo de entrambas partes lo firman por duplicado en Madrid veinte y ocho de noviembre de mil ochocientos treinta y seis.

Por la empresa,
Mariano José de Larra
Tomás Jordán
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