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Ley de Referéndum constitucional de 1993(1 de septiembre de 1993) EL PRESIDENTE DEL CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRÁTICO Por cuanto: EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRÁTICO ha dado la Ley Constitucional siguiente: LEY DE REFERÉNDUM CONSTITUCIONAL. Artículo 1.- Procédase a realizar un referéndum a efectos de conocer la voluntad del pueblo peruano respecto del nuevo texto constitucional aprobado por el Congreso Constituyente Democrático. Artículo 2.- La Cédula de votación contendrá la siguiente pregunta: «Aprueba usted la nueva Constitución aprobada por el Congreso Constituyente Democrático». Aparecerán a su vez dos recuadros en colores diferentes con las expresiones SÍ y NO. Artículo 3.- Se considerará ratificada la nueva Constitución si los votos por el SÍ superan a los del NO. Artículo 4.- El Presidente de la República convocará al referéndum a que se refiere el Artículo l de la presente Ley Constitucional, dentro de los siete días siguientes a su publicación, para que se realice entre el 26 de octubre y el 26 de noviembre de l993. Artículo 5.- El Jurado Nacional de Elecciones queda autorizado a dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de esta Ley, aplicando para el efecto, las normas relativas al proceso electoral del Congreso Constituyente Democrático, en todo aquello que resulte compatible con un proceso de consulta ciudadana. El Jurado podrá solicitar el Congreso cualquier norma complementaria que sea indispensable para la realización del referéndum. Artículo 6.- La presente Ley Constitucional rige desde el día siguiente de su publicación. En Lima, a los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos noventa y tres. JAIME YOSHIYAMA, Presidente del Congreso Constituyente Democrático. CARLOS TORRES Y TORRES LARA, Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático. POR TANTO: Habiendo sido aprobado por el Congreso Constituyente Democrático, que es autónomo y soberano, mando se publique y cumpla. En Lima, a los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos noventa y tres. JAIME YOSHIYAMA, Presidente del Congreso Constituyente Democrático.
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