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    Historia del tribunal de la Inquisición de Lima : 1569-1820. Tomo II
     José Toribio Medina
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Notas

110.       Cartas de 22 de agosto de 1656, 20 de noviembre de 1665, 28 de mayo de 1666 y 29 de octubre de 1693.

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111.       Libro 760-12-, fol. 148.

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112.       Legajo de Hacienda. núm. 562.

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113.       Id. 137.

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114.       Libro 760-12-, fol. 174.

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115.       Los gastos del Tribunal en esa época (1681) se descomponían de la manera siguiente:

                         Al inquisidor más antiguo, Francisco de Bruna Rico ($ 4,963. 2 rs.),        
        y como juez de bienes confiscados 147 pesos: total $ 5,110. 2 rs.
A Queipo de Llanos, inquisidor 4,963. 2 rs.
A Juan de la Cantera, id. 4,963. 2 rs.
Al secretario Ramón de Aulestía 1,654. 6 rs.
Id. id. Juan de Robles 1,654. 6 rs.
Al receptor general 1,694. 3 rs.
Al notario de secuestros 496. 2 rs.
Al abogado del Fisco del Tribunal 165. 3 rs.
Al médico de las cárceles 50         
Al procurador del Fisco 750         
Al alcaide 827         
Al nuncio 550         
Al portero 400         
Al ministro ejecutor de la vara 250         
Al Supremo Consejo se enviaban todos los años 9,926. 3 rs.
Al Secretario de id 496. 2 rs.
A otro secretario 275         
A otro 375         
Al oficial mayor 275         
Al oficial de la contaduría 200         
En los pobres de las cárceles, término medio, en el año 2,800         
Gastos extraordinarios en varios años 850         
Gastos de cámara del Secreto 250         
Gastado en aderezar las habitaciones de los inquisidores en siete años 7,000         

                         Carta de Pedro Noguera de 18 de enero de 1681. A no ser que estuviesen vacantes sus puestos por entonces (cosa que no es probable) no se explica que el receptor no incluyese en esta nota a un tercer secretario (1,000), notario del juzgado (1,400), contador (200), juez de bienes (1,000), letrado de pobres (200), despensero (300), solicitador (100), y barbero (100), que se contaban como empleados de planta del Tribunal. -Véase Memorial citado, ibid.

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116.       Carta de Valera de 15 de septiembre de 1692.

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117.       Id. de 4 de junio de 1690.

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118.       Cédula de 1.º de abril de 1691.

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119.       Carta de Poveda y Huerta Gutiérrez de 16 de agosto de dicho año.

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     José Toribio Medina
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